La Nueva Corte resuelve primer asunto de Quintana Roo, invalidando un artículo de la Ley de Hacienda de Tulum que permitía cobros extras en el recibo de luz destinados al mantenimiento del alumbrado público. La decisión marca un precedente histórico para los habitantes del estado y fortalece la protección de derechos ciudadanos.
Detalles de la acción de inconstitucionalidad
La propuesta de la acción de inconstitucionalidad 19/2024, presentada por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, fue revisada por el Pleno y encabezada por la ministra Lenia Batres Guadarrama. Se invalidaron los primeros dos párrafos del artículo 143 quarter, considerado injusto porque funcionaba como un impuesto proporcional al consumo de energía eléctrica, afectando la equidad tributaria.
Opinión de los ministros
Hugo Aguilar Ortiz, ministro presidente de la Corte, señaló que:
“Desde mi perspectiva, el establecimiento de este derecho se acerca más a la forma de establecer un impuesto que un derecho, porque se cobra en función del gasto que cada persona tiene, afectando la equidad ciudadana.”
La Corte destacó que la regulación de impuestos sobre consumo energético es competencia exclusiva del Congreso de la Unión, y que la norma vulneraba principios de proporcionalidad y justicia tributaria.
Alcance de la resolución
La invalidación se aplicará una vez que sea publicada en el Diario Oficial de la Federación y en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo. La Corte también evaluó leyes similares en Felipe Carrillo Puerto y Benito Juárez, limitando la invalidez únicamente a cobros por búsqueda de documentos relacionados con transparencia.
Implicaciones para Quintana Roo
La Nueva Corte resuelve primer asunto de Quintana Roo y establece un precedente sobre la protección de los derechos ciudadanos frente a cobros municipales injustos. Este fallo es un recordatorio de la importancia de la supervisión judicial en la regulación de leyes locales y su impacto sobre la ciudadanía.






