La batalla legal en torno a Xcaret no se limita al uso de símbolos mayas. Ahora también está en juego el nombre mismo del parque, luego de que el Instituto Mexicano de la Propiedad Intelectual (IMPI) intentara retirárselo a través de un procedimiento ante la Sala Especializada en Materia de Propiedad Intelectual del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA). Sin embargo, el intento gubernamental no prosperó.
El fallo que protege a Xcaret: marca famosa como escudo legal
El pasado 30 de marzo, la Sala Especializada en Materia de Propiedad Intelectual emitió sentencia definitiva: Xcaret podrá continuar utilizando el nombre con el que es reconocida mundialmente. El argumento central del tribunal fue contundente — desde 2022, la empresa cuenta con un registro de marca famosa, condición que, conforme a la legislación vigente, la protege frente a intentos de cancelación como el que impulsó el IMPI.
Por qué el IMPI buscaba retirarle el nombre
El Instituto Mexicano de la Propiedad Intelectual, organismo encargado del registro de marcas en México, había determinado en su momento que el nombre debía ser retirado a la empresa. Su argumento: la denominación corresponde al nombre de una región propia del pueblo maya, resulta descriptiva del lugar y existe semejanza en grado de confusión con otros registros marcarios. Esta resolución fue emitida en diciembre de 2024 y detonó el juicio de nulidad que finalmente cerró con la derrota del organismo gubernamental.
Dos frentes legales, una misma causa
Este expediente es independiente del que llegó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación. En ese caso, los integrantes del Gran Consejo Maya habían impugnado el uso de símbolos mayas por parte de la empresa. En el asunto ante el TFJA, la controversia giró específicamente en torno al nombre, bajo el alegato de que la denominación también pertenece al patrimonio del pueblo indígena. Ambos frentes comparten el mismo espíritu: la defensa de los elementos culturales y territoriales mayas frente al uso comercial que hace de ellos Xcaret.
La participación del Indautor en el caso
El Instituto Mexicano del Derecho de Autor (Indautor) había actuado previamente en el mismo sentido que el IMPI, buscando la protección del patrimonio de los pueblos indígenas mediante la restricción del uso de denominaciones culturales con fines comerciales. Ambas instituciones perdieron sus respectivos intentos de limitar a la empresa.
Las fallas del IMPI que sellaron su derrota
El tribunal fue explícito al señalar las deficiencias del argumento gubernamental. En los razonamientos de la sentencia se establece que la autoridad fue omisa al no pronunciarse sobre los argumentos presentados por la empresa, y que tampoco precisó de manera suficiente los motivos que justificaran aplicar la causal de prohibición de registro invocada. En otras palabras, Xcaret no solo ganó por su condición de marca famosa, sino porque el propio IMPI no sustentó adecuadamente su pretensión, lo que dejó al tribunal sin elementos sólidos para fallar en su contra.






