Cada día en México, miles de personas son víctimas de delitos que van desde robos y extorsiones hasta secuestros, lesiones u homicidios. Sin embargo, la probabilidad de que estos crímenes lleguen a ser juzgados es alarmantemente baja.
En México, diariamente, miles de individuos son víctimas de diversos delitos, desde robos y extorsiones hasta secuestros, lesiones y homicidios. Más de 70 mil actos ilícitos del fuero local y federal ocurren cada 24 horas, pero la posibilidad de que estos casos lleguen ante un juez es inferior al uno por ciento.
Aunque muchas de estas transgresiones son denunciadas, suelen quedar estancadas en el Ministerio Público. Llevar un caso ante un juez se convierte casi en una utopía para las víctimas.
Según los censos más recientes del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), en 2022 se registraron 26 millones 834 mil 278 delitos en México. Cerca del 60% de estos crímenes fueron robos y extorsiones. Sin embargo, las agencias del Ministerio Público solo recibieron denuncias e iniciaron carpetas de investigación por dos millones 164 mil 789 delitos. Esto indica que 9 de cada 10 víctimas prefieren no denunciar.
De los casos denunciados, solo 228 mil 903 fueron llevados ante un juez, lo que representa un 11% de los casos denunciados y apenas un 0.8% del total de delitos cometidos. En otras palabras, aunque una víctima denuncie un delito, solo en uno de cada diez casos el proceso llegará al Poder Judicial.
Cuando un caso llega ante un juez, el Código Nacional de Procedimientos Penales establece que, si hay suficientes pruebas, el juez ordenará la apertura del proceso y la investigación de los fiscales continuará por hasta seis meses o más en casos excepcionales. Hasta entonces, la víctima tendrá contacto con el juez.
Datos oficiales del Censo Nacional de Impartición de Justicia 2023 indican que de los procesos penales iniciados o en curso en 2022, más de la mitad (51.8%) se resolvieron de alguna manera. El 48% restante permanecían abiertos debido a fases de investigación complementaria o a recursos de impugnación o amparo. En 2022, se llevaron a juicio oral 11 mil 120 procesos penales, de los cuales en el 76.6% se dictaron sentencias condenatorias.
A diferencia de otras materias, como la civil o mercantil, en el ámbito penal, la denuncia de un delito no puede realizarse directamente ante un juez. Según el artículo 21 de la Constitución y los artículos 127 al 131 del Código Nacional de Procedimientos Penales, la facultad de recibir denuncias e investigar delitos recae exclusivamente en las agencias del Ministerio Público adscritas a las fiscalías, con apoyo de peritos y policías.
¿Por qué no se denuncia?
El hecho de que una persona no denuncie un delito ante el Ministerio Público impide que avance por el sistema penal y reduce significativamente la posibilidad de que llegue a un juzgado. Según datos del INEGI, el 31.5% de las personas encuestadas en 2023 no denunciaron el delito porque lo consideraron “una pérdida de tiempo”, mientras que el 14.7% no denunció porque pensó que no pasaría nada. Esta percepción se ve confirmada por los censos del INEGI que muestran que solo uno de cada diez casos denunciados llega al juez.
Otro 8.8% de las personas no denunció el delito porque consideran que el trámite ante el Ministerio Público es “largo y difícil”, y un 4.1% no lo hizo por miedo a ser extorsionados o por la actitud hostil de policías o agentes.
Carpetazo ministerial a la mayoría de los casos denunciados
¿Qué sucede con los casos denunciados en el Ministerio Público que no llegan a las manos de un juez? Los censos de Procuración de Justicia del INEGI, proporcionados por las fiscalías estatales y la Fiscalía General de la República (FGR), ofrecen una respuesta.
La “solución” más comúnmente empleada por los fiscales es el “archivo temporal”. En 2022, 779 mil 741 indagatorias fueron archivadas temporalmente, lo que equivale a más del 36% de las investigaciones abiertas. El archivo temporal implica que el Ministerio Público decide suspender la investigación a la espera de que un factor externo permita reabrirla.
La segunda salida más frecuente es el cierre definitivo del caso sin proceder contra nadie, decisión tomada en 508 mil 891 casos. Estos son casos donde el Ministerio Público concluye que no existió delito o que el denunciante no tenía razón.
De los casos que sí son enviados al juez, que representan apenas el 11% de los dos millones 164 mil 789 denunciados en 2022, en 121 mil 571 la opción elegida fue la “incompetencia”. Esto ocurre cuando los agentes del Ministerio Público deciden que no son competentes para investigar el delito debido a razones de jurisdicción o fuero. En 42 mil 532 casos, los fiscales ejercieron la facultad de no investigar el delito reportado.
El Estado y no los ciudadanos controlan la ofensiva penal: experto
El abogado penalista Gabriel Regino explica que, en conflictos mercantiles, civiles o familiares, una persona puede presentar una demanda directamente ante un juez. En estos casos, el papel del Ministerio Público se limita a ser vigilante y observador del proceso. Sin embargo, en el ámbito penal, los ciudadanos no tienen esta facultad.
Esto se debe a que el Ministerio Público, instaurado en México a partir del modelo francés, ha evolucionado hasta convertirse constitucionalmente en la figura que concentra la facultad de recibir denuncias de delitos, coordinar su investigación y, cuando lo considere necesario, presentar los cargos ante un juzgado. Nadie más puede hacerlo.
“El poder punitivo del Estado ha sido absoluto. Y el Estado no va a soltar ese cinturón porque es al único al que se le permite corregir a sus ciudadanos y perseguir a sus adversarios”, señaló Regino.