Cambios Legales en Quintana Roo: Extorsión será Investigada sin Denuncia Previa
La XVII Legislatura del Estado de Quintana Roo ha aprobado importantes reformas al Código Penal, con el objetivo de fortalecer el combate contra la extorsión y el aborto forzado. Estas medidas fueron respaldadas durante la sesión ordinaria del Pleno del Congreso, donde se discutió y aprobó el dictamen correspondiente al proyecto de Decreto que modifica el artículo 124 Ter y el artículo 163 del mencionado Código Penal.
Una de las reformas más destacadas es la que establece que el delito de extorsión será perseguido de oficio, lo que significa que las autoridades iniciarán las investigaciones de manera automática sin necesidad de que exista una denuncia previa por parte de la víctima.
En cuanto al aborto forzado, se han incrementado las penas para quienes lo cometan, especialmente cuando se emplea la violencia como medio para llevarlo a cabo. Según el nuevo dictamen, aquellos que realicen un aborto forzado sin el consentimiento de la mujer o persona gestante enfrentarán penas de cinco a ocho años de prisión, mientras que si se emplea la violencia, la pena será de ocho a diez años de cárcel.
Además de estas reformas al Código Penal, también se aprobó un dictamen que modifica y adiciona disposiciones en la Ley de Presupuesto y Gasto Público, la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, y la Ley Orgánica de la Administración Pública del estado de Quintana Roo.
Esta reforma tiene como objetivo regular la inclusión de erogaciones plurianuales en las iniciativas de presupuestos de egresos presentadas por el Poder Ejecutivo ante la Legislatura. Para ello, se establecen requisitos claros que deben cumplirse al solicitar autorización para proyectos de inversión en infraestructura, asegurando la viabilidad financiera de dichas erogaciones y limitando su duración a no más allá del periodo de gobierno de la administración correspondiente.