El gobierno estatal logra anular la primera suspensión otorgada a un motociclista en contra de la “Ley Chaleco”, argumentando que es una medida clave para la seguridad vial.
Quintana Roo.- En un revés para los motociclistas que han estado impugnando la normativa conocida como “Ley Chaleco”, el gobierno de Quintana Roo logró anular la primera suspensión provisional que había sido otorgada a un conductor en contra de esta regulación. La ley establece que todos los motociclistas deben portar chaleco y casco con el número de placa visible, una medida de seguridad destinada a reducir accidentes y mejorar la identificación vehicular.
Un motociclista había obtenido esta suspensión provisional el 28 de octubre, a través de un juicio de amparo promovido ante el Juzgado Primero de Distrito. Sin embargo, la Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo de Quintana Roo presentó un recurso de queja ante el Primer Tribunal Colegiado de Circuito, argumentando que permitir esta exención afectaría el interés público, pues la regulación busca garantizar la seguridad en las vías públicas en beneficio de toda la sociedad.
En su argumento, la Consejería Jurídica destacó que otorgar la suspensión no solo eximiría al motociclista de la normativa, sino que además obstaculizaría la aplicación de medidas de seguridad esenciales en el ámbito vial. “Exentar a la parte quejosa de las regulaciones conlleva la ineficacia y nula aplicación de medidas que tanto la sociedad como el Estado tienen interés en implementar para garantizar la seguridad vial”, expuso la autoridad estatal en su solicitud de impugnación.
El Tribunal Colegiado, en el resolutivo número 331/2024, respaldó el planteamiento del gobierno estatal y dictaminó que el Juez Primero de Distrito había incurrido en un error al otorgar la suspensión, ya que iba en detrimento del interés público. Según el fallo, mantener la medida cautelar abriría la puerta a que los motociclistas circularan sin las restricciones adecuadas, afectando la regulación del tránsito en lugares públicos.
“La medida cautelar permitiría la circulación de vehículos automotores de forma ilimitada, lo que ciertamente perjudicaría a la comunidad, que tiene interés en que el tránsito vehicular esté debidamente regulado”, sostuvo el Tribunal Colegiado en su respuesta.
Tras la resolución emitida este lunes, los magistrados ordenaron al Juez Primero de Distrito retirar la suspensión otorgada en el amparo 722/2024, dejando al motociclista sujeto a las disposiciones de la “Ley Chaleco”. Esta resolución se suma a una serie de impugnaciones que el gobierno estatal ha promovido en contra de las suspensiones ganadas por motociclistas en los últimos meses.
Aunque la ley aún no es aplicada en ningún municipio, el Congreso de Quintana Roo había dado un plazo de 60 días para que los ayuntamientos adaptaran sus reglamentos de Tránsito, un tiempo que ya ha expirado sin que se implementen los cambios.