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Comienza la veda: prohibido a políticos, funcionarios e influencers difundir propaganda electoral

La Fuente QR Por La Fuente QR
30 mayo, 2024
en Política
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Comienza la veda: prohibido a políticos, funcionarios e influencers difundir propaganda electoral
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Concluyen las campañas y se inicia el periodo de veda electoral hasta el día de las elecciones

A partir de la medianoche del 29 de mayo, concluyen oficialmente las campañas políticas en México, dando inicio a la veda electoral. Este periodo de reflexión de tres días, vigente hasta el cierre de las casillas el 2 de junio a las 6:00 de la tarde, impone restricciones a funcionarios, candidatos, partidos, políticos, ciudadanos e influencers para evitar la difusión de encuestas o propaganda que pueda influir en el sentido del voto.

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Durante este tiempo, se prohíben reuniones, mítines, debates, caminatas y cualquier tipo de propaganda realizada por partidos políticos, coaliciones, candidatas y candidatos. La violación de esta norma conlleva sanciones por parte del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF). Los partidos pueden enfrentarse a amonestaciones, multas de hasta un millón 85 mil 700 pesos, e incluso la pérdida del registro en caso de reincidencia. Los ciudadanos infractores pueden ser multados con hasta 217 mil 140 pesos, dependiendo de su capacidad económica.

Suspensión de Actividades y Vigilancia Estricta

El presidente Andrés Manuel López Obrador, quien ha recibido 30 medidas cautelares del Instituto Nacional Electoral (INE) por intervenir en el proceso electoral, anunció que suspenderá sus conferencias de prensa matutinas los días 30 y 31 de mayo para cumplir con la veda.

La consejera del INE, Dania Ravel, explicó que la veda electoral está estipulada en el artículo 251 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales. Este periodo tiene una doble finalidad: permitir a la ciudadanía reflexionar sobre su voto tras las campañas y prevenir la difusión de propaganda electoral que no pueda ser controlada oportunamente.

“Es un periodo de reflexión para la ciudadanía para que puedan pensar su voto. Lo que no se puede hacer es llamar al voto, realizar eventos de campaña, propagandísticos o promocionarse de manera personalizada. Tampoco puede haber publicidad oficial, salvo en excepciones previstas en el artículo 41 constitucional, como protección civil, salud y educación”, señaló Ravel.

Implementación de Medidas Cautelares

Desde la medianoche del 28 de mayo, la Comisión de Quejas del INE deberá estar especialmente vigilante ante cualquier comentario o acto de funcionarios, candidatos, partidos, políticos, ciudadanos e influencers en redes sociales, con el fin de dictar medidas cautelares para detener cualquier afectación grave a la equidad de la contienda.

Ravel subrayó que existe una referencia entre la libertad de expresión y las estrategias concertadas para influir en el voto, como se ha visto en procesos electorales anteriores. La Comisión de Quejas y Denuncias estará atenta para actuar de inmediato y dictar medidas cautelares si es necesario.

Requisitos para Considerar una Violación Electoral

El Tribunal Electoral ha resuelto que se considerará una violación a la veda electoral cuando se cumplan tres requisitos: temporalidad, material y personal. Esto incluye la realización de reuniones o actos públicos de campaña el día de la jornada electoral o en los tres días anteriores, llevados a cabo por partidos políticos, sus dirigencias, militantes, candidaturas o simpatizantes, así como por ciudadanos con preferencias partidistas.

El Tribunal reconoce que estas restricciones constituyen un límite válido a la libertad de expresión para garantizar la equidad en la contienda electoral, abarcando también las expresiones realizadas en internet y redes sociales. En el caso específico de X (antes Twitter), aunque se presume la espontaneidad de las interacciones, esto no justifica incumplir la veda electoral.

Sanciones y Consecuencias

El INE y el Tribunal Electoral tienen la obligación de observar y analizar rigurosamente las conductas que puedan lesionar la veda electoral. Las sanciones para los partidos políticos pueden variar desde amonestaciones públicas y multas de hasta 10 mil UMAs, hasta la reducción del 50% del financiamiento público o la cancelación del registro como partido político en casos de faltas graves y reiteradas.

Para los ciudadanos, las infracciones serán sancionadas con amonestaciones públicas y multas de hasta 500 UMAs, con incrementos de hasta 2 mil UMAs en casos de reincidencia.

Importancia de la Veda Electoral

Este periodo de veda electoral es fundamental para asegurar que la ciudadanía pueda tomar decisiones informadas y libres de influencias indebidas, preservando así la integridad y equidad del proceso electoral. Las autoridades electorales están comprometidas a mantener una vigilancia estricta para garantizar el cumplimiento de estas normativas y proteger el derecho de los votantes a una contienda justa.

Tags: Elecciones 2024

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