La mayoría de Morena en el Senado aprobó las modificaciones a la Ley Federal del Derecho de Autor relacionadas con la responsabilidad secundaria de los proveedores de servicios de internet, una disposición que ha sido conocida como la “ley antimeme”.
La votación terminó con 72 sufragios a favor, emitidos por legisladores de Morena, PT y PVEM, mientras que 37 senadores del PAN, PRI y Movimiento Ciudadano votaron en contra.
La nueva disposición establece que los proveedores de internet deberán retirar de las plataformas digitales aquellos materiales que utilicen, sin autorización de sus autores, voces, imágenes, música, obras literarias o artísticas, películas y cualquier otro contenido audiovisual. La medida también contempla materiales creados mediante Inteligencia Artificial, como memes y parodias de creadores de contenido.
Las sanciones podrían alcanzar los 4.6 millones de pesos
Los proveedores que no cumplan con el retiro de los contenidos señalados podrían recibir multas de hasta 4.6 millones de pesos.
Uno de los puntos cuestionados durante la discusión fue que la responsabilidad de retirar los contenidos reincidentes recaería en los proveedores de internet y no directamente en las plataformas digitales.
Ante este planteamiento, el coordinador de Morena en el Senado, Ignacio Mier, no logró explicar cómo las compañías proveedoras podrían eliminar publicaciones a las que únicamente tienen acceso el creador del contenido y la plataforma donde fue difundido.
Cambios a la Ley Federal del Derecho de Autor
La reforma al artículo 114 Nonies establece que los proveedores de servicios de internet serán responsables de las infracciones cometidas por los usuarios cuando incumplan lo dispuesto en el artículo 114 Octies y, además, contribuyan, induzcan o provoquen la conducta infractora y tengan conocimiento de ella.
La responsabilidad también aplicará cuando tengan la capacidad de controlar las acciones del usuario infractor y obtengan un beneficio financiero directamente relacionado con la actividad que viola los derechos de autor.
Oposición advierte riesgos para la libertad de expresión
Durante el debate, la senadora Carolina Viggiano, del PRI, señaló que a los mexicanos les gusta reírse, incluso de sus propias desgracias, y advirtió que eso no debería prohibirse.
Por su parte, el senador Clemente Castañeda, de Movimiento Ciudadano, cuestionó que Morena y su gobierno utilicen la actualización del T-MEC y la supuesta protección de los derechos de autor como argumentos para afectar la libertad de expresión.
“Las medidas de retiro de contenido podrían implementarse de manera abusiva de tal suerte que terminen sirviendo para la competencia desleal o incluso para coartar la libertad de expresión”, afirmó.
Suspensión de cuentas para usuarios reincidentes
Otra de las modificaciones se realizó en la fracción I del artículo 114 Octies. Esta establece que los proveedores deberán contar con una política para suspender y terminar las cuentas de usuarios que reincidan en infracciones.
El objetivo de esta medida es evitar que se repitan conductas que ocasionen daños a los titulares de derechos de autor.
Alertan por posibles afectaciones a familias
Legisladores de oposición también expresaron su preocupación por las consecuencias que podría tener la suspensión del servicio de internet para familias completas cuando uno de sus integrantes sea señalado de infringir reiteradamente la legislación.
El priista Gabriel Elizondo advirtió que muchas personas comparten una misma conexión para estudiar, trabajar o mantener sus negocios, por lo que consideró injusto que todos puedan quedarse sin servicio debido a la conducta de un solo usuario.
“Hay familias que comparten una sola conexión de internet, los hijos la necesitan para estudiar, los padres para trabajar y muchas personas para sacar adelante sus negocios. ¿Se imaginan que por una sola infracción de una sola persona, toda una familia quede sin internet? No podemos terminar afectando a personas que no estén involucradas”, dijo.
Finalmente, la reforma aprobada por el Senado fue enviada al Ejecutivo para su promulgación en el Diario Oficial de la Federación.






